El “jujú” de la muerte del difunto y su herencia
Por: Jesús Antonio Petit da Costa
No consta LEGALMENTE que Chávez haya muerto, puesto que no se consigue el acta de defunción en el Registro Civil. Suponiendo que murió, como dicen los beneficiarios de su muerte, debió ser enterrado en un cementerio por razones sanitarias, tal como la disponen las ordenanzas municipales de Caracas. Todo cadáver debe ser enterrado o incinerado. Un cadáver insepulto es un peligro gravísimo para la salud pública, aún más cuando se ignora de qué murió. Pero Chávez no ha sido enterrado ni incinerado. No existe prueba de su inhumación. Es un cadáver insepulto.
Dicen que el cadáver está dentro de la urna que se exhibe en lo que llaman Cuartel de la Montaña. ¿Estará allí de verdad? Si fuere cierto hay que actuar como lo ordenan las leyes de sanidad pública, tanto más que no se sabe la causa de su muerte. Lo primero: abrir la urna para constatar que contiene a un ser humano. Lo segundo: constatar que es el cuerpo del difunto. Lo tercero: practicarle un examen médico-forense para saber de qué murió, porque el ocultamiento del acta de defunción, si existe, hace sospechar un crimen. Y, por último, proceder a su inhumación en resguardo de la salud pública. Recordemos que éste era uno de los motivos por el cual la Constitución de 1961 disponía que, sólo pasados 25 años después de la muerte, podían ser exhumados los restos de los personajes más ilustres para su traslado al Panteón Nacional.
Los hijos del difunto, únicos y universales herederos suyos, debieron presentar el acta de defunción de su padre acompañando la declaración de herencia, requisito indispensable para el trámite administrativo. ¿Se les aceptó la declaración de herencia sin el acta de defunción? Esto haría más sospechoso aún el misterio de la muerte del difunto e incriminaría tanto a las autoridades como a los herederos de estar ocultando un crimen. Supongamos que sí presentaron el acta de defunción, porqué la esconden los hijos y la autoridad tributaria conjuntamente? Porqué los hijos no la exhiben para disipar las dudas que fomenta su propia actitud? Basta con que ellos la exhiban públicamente, junto con el certificado médico, para todo quede claro y se acaben las sospechas.
Al misterio de la muerte del difunto, se suma ahora el misterio de la herencia. ¿Está emitida la planilla de liquidación del impuesto de sucesiones y, si así fuere, en cuál registro está registrada a los fines de que conste de que los herederos pueden disponer de la herencia? Sería demasiado sospechoso que también se la oculte.
Para decirlo en venezolano: estamos ante un “jujú”(manejo turbio, secreto y sospechoso de un asunto, por añadidura de interés público y de consecuencias constitucionales, legales y políticas).
Etiquetas: MUERTE
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