SI A LA LIBERTAD!
Por: María Walter
El propósito de la nueva Ley de Conscripción y Alistamiento Militar es restar espacio al ámbito de lo civil lo que implica en la práctica, que todo venezolano entre 18 y 60 años, ante el solo hecho de alistarse en el Servicio Militar pierde cualidad civil y por tanto, condición beligerante. En el mundo militar el individuo carece de autonomía, ya que. se impone el principio de autoridad como norma, lo que significara para los venezolanos que todo aquel que posea cualidad de elector (y de elegible políticamente) al alistarse en la Fuerza Armada Nacional quedará conminado, lo que implica que la estrategia del acatamiento por parte de los electores a la línea de autoridad máxima por vía de su alistamiento, es la estrategia extrema que a la que en nombre de la defensa de la patria, ha optado el chavismo para restringir libertades individuales y colectivas, ya que, avanzar en los niveles de sometimiento, como etapa superior del proceso revolucionario solo puede garantizarse por vía del alistamiento y, este a su vez, por vía de la amenaza de pena pecuniaria o de otra índole, y que nada mejor que el delito de TRAICIÓN A LA PATRIA como sustento de acción jurisdiccional contra una disidencia que ha quedado cautiva por vía inconstitucional a los propósitos de autoritarismo que a la cubana, pretende imponérsenos a los venezolanos.
Veamos, la población que se encuentra en edad de conscripción es la misma población en edad productiva, lo que implica en la práctica que, tenida como integrante de la Fuerza Armada Nacional la población en edad productiva puede a criterio de quien ejerce el máximo nivel de autoridad quedar sujeta a determinadas acciones -o inacciones- en materia económica, así el sometimiento de la población económicamente activa por esta vía queda resuelto ya que, el proceso de producción de riqueza, queda expuesto directamente al control de quien comanda, en tanto, los productores de riqueza son precisamente sujetos a la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar y por ende, en obligatoriedad de acatamiento a todo cuanto en materia de Seguridad y Defensa de la Nación se dictamine como válido en el contexto de un proceso que llamándose revolucionario, coacciona, quedándose así expuesto con más facilidad al acatamiento de cualquier plan de expropiación en tanto, la población sujeta a afectación es a la par, población sujeta a conscripción militar y, se supone, sujeto del mundo militar, mas no civil, en tanto, en el caso venezolano es lema gerencial el PATRIA SOCIALISMO O MUERTE, lo que implica que todo cuanto contraríe la visión de patria de quien comanda el estamento militar, es traidor y como tal tenido....
Es sabido que las funciones del Estado son fundamentalmente dos, las función cohesiva a través de la cual, el estado logra sus fines sin el uso de la fuerza bélica y, la función represiva que es aquella que mediante el uso de la fuerza obtiene la respuesta ciudadana que el Estado requiere a sus fines de control de la sociedad, lo que implica en el caso en estudio que, nos encontramos ante una ley que cohesivamente nos convoca a alistarnos en la Fuerza Armada Nacional, solo que, una vez alistados nos restringe nuestros legítimos derechos civiles, en tanto, al asumir conscripción, aceptamos a la par acatamiento a las leyes y principios que rigen el mundo militar, lo que en la práctica es, aceptación de la visión de comando, y por ende, la aceptación de sumisión (acatamiento a la autoridad superior)., en otras palabras que nuestra condición de ciudadano libre, queda eliminada y por tanto, la potestad de acción ciudadana de participar y disentir acerca de la manera que se llevan los asuntos públicos, pasa en la lógica militar a ser de naturaleza impropia y por tanto, la condición de disidente lejos de ser atendida por la causa natural del régimen civil, queda sujeto a lo pautado en el reglamento de la Fuerza Armada Nacional. En tanto, como conscriptos hemos de aceptar que quien comanda, es quien tiene el peso del poder decisorio. Como vemos la pérdida de derechos civiles es la estrategia que persigue la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar que, en esta fase del proceso revolucionario requiere acatamiento al líder máximo de la revolución, quien como comandante en jefe, asumiendo el valor del principio de autoridad asumirá dictar sus líneas, en franca aplicación de la Ley del Embudo, que son en definitiva las mismas líneas que lleva como presidente del PSUV a su militancia, en fin que establecida la manera de hacer su palabra, orden para todos -chavistas y no chavistas- se asumirá con el poder y la autoridad suficiente para controlar a su antojo la realidad nacional en tanto, quienes formaban parte de la militancia del mundo civil al pasar a formar parte de la FAN, en tanto conscriptos son, quedando como tales, sujetos a la observancia de las directrices que emanen del cuerpo militar, en definitiva, eliminado el derecho a la libertad de conciencia, el principio de soberanía consagrado en la Constitución del 99 queda deslegitimado y por ende, la condición ciudadana y los derechos que ello consagra en materia de participación política, bajo esta óptica militarista dejan de tener valor sustancial y por ende, lo, valido es someterlas a "modificaciones posteriores" que la Defensa y Seguridad de la continuidad de la revolución requiera, tenida la revolución como la única manera de hacer patria. Y por ende, ofrecer seguridad y defensa...
En la medida que crezca el ámbito de la militarización de una sociedad, crece el ámbito del sometimiento y con él, el autoritarismo impone su visión del proceso civilizatorio, por ello, nada más alejado de la Libertad que la militarización de los procesos humanos en tanto, tal militarización solo evidencia cuan alejado se está del valor a disentir y expresar opinión. Experiencias tenemos salidas del mundo militar venezolano en este tiempo revolucionario donde expresar opinión implica encarcelamiento y, la aplicación de todo el peso del poder., recordemos que por solo explicar cómo funciona un lanzallamas fue suficiente motivo para el encarcelamiento del General Usón, también como se le dio la vuelta a la cacería contra el General Baduel inculpándolo por causa de corrupción por el hecho de alertar -de manera tardía- acerca de nuestro posible futuro de país recoge latas si seguimos el rumbo del derroche, la corrupción y la regaladera de la renta petrolera. Es legítimo nuestro derecho a disentir, es legítimo nuestro derecho a mantenernos alejados del mundo militar. La soberanía es nuestra garantía para asumir con propiedad los cambios que consideremos necesarios a la Constitución Nacional, para asumir el rumbo que como Nación nos queramos brindar. La verdad nos hace libres y, este asunto de la Ley de Conscripción no es más que, estrategia de sometimiento y ante su pretensión hemos de asumir con claridad nuestra protesta!
Por el derecho a disentir, por el derecho a ejercer la libertad de conciencia en ajuste a lo pautado en la Constitución Nacional vigente.
0 Comments:
Publicar un comentario
<< Home