La ilegitimidad de los poderes públicos por su origen golpista
Por: Jesús Antonio Petit da Costa
La consecuencia jurídico-política del Golpe de Estado vía Constituyente de 1999 es la ilegitimidad de todos los poderes públicos.
Hasta 1961 Venezuela había tenido 24 constituciones en 150 años de historia republicana. Una Constitución cada 6,25 años de promedio. Un caso extremo de inestabilidad constitucional. Además ninguna de las 24 constituciones había sido consensuada entre gobierno y oposición. Todas fueron constituciones de partido, impuestas sectariamente por los vencedores en guerras civiles y golpes militares, por regímenes continuistas (1935-1945) o por el capricho del tirano de turno (Gómez se hizo aprobar 7 constituciones en 27 años de tiranía).
Vistos estos antecedentes, los senadores y diputados electos en 1958 por el 90% de los electores registrados acordaron, influidos por el espíritu unitario del 23 de enero, una Constitución consensuada entre gobierno y oposición. De este modo nació la Constitución de 1961, la primera y única de consenso que ha habido en nuestra historia. Conscientes de la transcendencia de su obra, con la cual creyeron echar las bases de una estabilidad institucional duradera, convinieron en establecer, como principio inviolable, la “continuidad constitucional” fundada en el consenso y, en consecuencia, la Constitución de 1961, convertida en matriz del constitucionalismo democrático, sólo podía ser enmendada o reformada por acuerdo entre gobierno y oposición con representación en el Congreso (Senado y Diputados), expresado con el voto favorable de las dos terceras partes, que luego, si se trataba de una reforma general, debía someterse a referéndum. Al efecto, descartaron la Constituyente porque todas las constituyentes habían sido golpistas. Todas habían desconocido arbitrariamente el orden constitucional precedente, atribuyéndose poder absoluto y sin control. Golpe de Estado y Constituyente han estado unidos indisolublemente en la historia de Venezuela. La Constituyente de 1947 fue la consecuencia de la rebelión cívico-militar de 1945 que pretendió legitimar y en ella el partido AD, que proclamaba su pretensión de gobernar durante cien años, funcionó como una aplanadora que arrinconó a la oposición tratándola con desprecio: “fascistas, oligarcas, burgueses, cureros” (¿no es acaso el mismo lenguaje del poder 70 años después?). La Constituyente de 1953 fue la consecuencia del golpe militar de 1952 que desconoció el resultado electoral y en la cual sólo los partidarios de la dictadura eran diputados. Estos fueron los antecedentes inmediatos que debieron haber influido en los redactores de la Constitución de 1961, por haberlos vivido y sufrido en carne propia, para excluir a la Constituyente como medio para derogarla. No sólo fue excluida, sino que calificaron de Golpe de Estado a su convocatoria, instalación y funcionamiento, cuando consideraron como tal el que la Constitución “fuere derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone” (Art. 250). En consecuencia, la inconstitucional derogación de la Constitución de 1961 por la Constituyente de 1999 fue un Golpe de Estado, calificado como tal por la propia Constitución. Más aún, desde su instalación la Constituyente de 1999, al declararse por encima de la Constitución (“supraconstitucional”) desconociéndola, actuó como el instrumento para la ejecución diferida del golpe militar de 1992 que se proponía disolver a todos los poderes públicos legítimamente constituidos.
Para convocar válidamente una Constituyente había que incluirla en la Constitución, lo que obligaba al consenso entre gobierno y oposición para su reforma que, desde luego, debía versar sobre los poderes de la Constituyente, la finalidad de su convocatoria y las bases de su elección y funcionamiento a fin de garantizar el consenso, la representación proporcional de las minorías y sobre todo la continuidad constitucional (o hilo constitucional). Fue lo que exigimos en su momento. Pero los golpistas no podían aceptarlo porque hubiese malogrado su objetivo, que era tener poder absoluto para instaurar una tiranía comunista que sirviese a Cuba como gobierno títere. Decidieron entonces pasar por encima de la Constitución y de la voluntad popular, puesto que sólo el 30% de los electores inscritos votó por la violación de la Constitución de 1961, a pesar de la campaña para desacreditarla.
La consecuencia jurídico-política del Golpe de Estado vía Constituyente de 1999 es la ilegitimidad de origen de todos los poderes públicos.
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