Los juristas del dictador
Por: ROMER A. ROMERO-MARTÍNEZ
Fuente: EL UNIVERSAL
Carl Schmitt (1888-1985) |
"Toda autoridad usurpada es Ineficaz y sus actos son nulos"
Artículo 350 Constitucional. "El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos".
Toda dictadura, caudillismo y teocracia -entre otras modalidades del totalitarismo- requiere una sustentación filológica/conceptual/dimensional que sólo puede ser suministrada por intelectuales de las ciencias jurídicas. Obviamente, toda fundamentación axiológica de cualquier régimen democrático también será construida por científicos del derecho. ¿Por qué? Porque únicamente la juridicidad de la cotidianidad del hombre constituye la manera más eficiente de crear costumbre -en sociedad- puesto que controla ideas y conductas, vía la sumisión a lo que se percibe como de obligatorio cumplimiento y/o fatalidad.
Sólo a través del derecho se logra la construcción de una filosofía liberadora o represiva, cuya materialidad se obtiene a través de las ciencias políticas aplicadas por el ente ordenador. De allí que sea el derecho el que permita la ficción jurídica de la igualdad-de-todos ante la ley; o de la desigualdad tolerada/aceptada del apartheid racial y/o religioso. En ambos extremos, los pueblos son alienados para la aceptación de tales estados de cosas... terminando por resignarse y aceptarlas; y solamente la intervención de extraños permite la terminación de tal encantamiento. La historia está plagada de ejemplos.
Debo aclarar que la justicia constituye el contrapeso a la abusiva ejecutoria del derecho -a través de leyes- por regímenes de cualquier tenor. En consecuencia, derecho y justicia cobran realismo como conceptos jurídicos diametralmente opuestos en la teoría, y son los hombres de buena fe quienes logran el equilibrio, en la sociedad justa.
El abogado alemán Carl Schmitt (1888-1985) fue -sin discusión- el proveedor de la infraestructura concepcional del nacionalsocialismo: nazismo, franquismo y peronismo, entre otros. Fue el ideólogo de la antidemocracia; su negación del moderno valor de la igualdad lo llevó a comparar "(...) despectivamente a los ciudadanos con derecho al voto con ovejas, que en tiempo de elecciones son llevadas por los partidos políticos al corral de sus listas...". (Daniel Rafecas: "La ciencia del derecho ante el advenimiento del nazismo: el perturbador ejemplo de Carl Schmitt"; Academia, Año X, Número 174, 2010; Buenos Aires).
Según Manuel Rivas ("La 'fiesta sagrada' de don Carlos. El homenaje franquista en 1962 al principal jurista del nazismo, Carl Schmitt"; El País com; 02/04/2006), Schmitt fue "el diseñador del permanente "Estado de excepción", para quien la política es sinónimo de guerra, y el adversario o disidente, de enemigo". Continúa Rivas: "(...) En la práctica... es convertir al (sic) tirano en "supremo juez", en fuente de derecho...". Luego de su juzgamiento en Núremberg, Schmitt esputó: "No puedo escribir contra aquellos que pueden proscribirme".
Guardando las distancias -en los antecedentes académicos- el "Dictador" también cuenta con juristas del oprobio, quienes desvergonzadamente justifican sus disparates. La más alta judicialidad del régimen sacrifica el profesionalismo -si alguno- con decisiones totalmente huérfanas de ciencia y sapiencia. Sus contradicciones son manifiestas, revanchistas y arrodilladas al tirano; dejando el pueblo desnudo de derecho y de justicia. Quizás olvidan que no son eternos y que La Haya está muy cerca.
El 350 y la calle son constitucionales.
Artículo 350 Constitucional. "El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos".
Toda dictadura, caudillismo y teocracia -entre otras modalidades del totalitarismo- requiere una sustentación filológica/conceptual/dimensional que sólo puede ser suministrada por intelectuales de las ciencias jurídicas. Obviamente, toda fundamentación axiológica de cualquier régimen democrático también será construida por científicos del derecho. ¿Por qué? Porque únicamente la juridicidad de la cotidianidad del hombre constituye la manera más eficiente de crear costumbre -en sociedad- puesto que controla ideas y conductas, vía la sumisión a lo que se percibe como de obligatorio cumplimiento y/o fatalidad.
Sólo a través del derecho se logra la construcción de una filosofía liberadora o represiva, cuya materialidad se obtiene a través de las ciencias políticas aplicadas por el ente ordenador. De allí que sea el derecho el que permita la ficción jurídica de la igualdad-de-todos ante la ley; o de la desigualdad tolerada/aceptada del apartheid racial y/o religioso. En ambos extremos, los pueblos son alienados para la aceptación de tales estados de cosas... terminando por resignarse y aceptarlas; y solamente la intervención de extraños permite la terminación de tal encantamiento. La historia está plagada de ejemplos.
Debo aclarar que la justicia constituye el contrapeso a la abusiva ejecutoria del derecho -a través de leyes- por regímenes de cualquier tenor. En consecuencia, derecho y justicia cobran realismo como conceptos jurídicos diametralmente opuestos en la teoría, y son los hombres de buena fe quienes logran el equilibrio, en la sociedad justa.
El abogado alemán Carl Schmitt (1888-1985) fue -sin discusión- el proveedor de la infraestructura concepcional del nacionalsocialismo: nazismo, franquismo y peronismo, entre otros. Fue el ideólogo de la antidemocracia; su negación del moderno valor de la igualdad lo llevó a comparar "(...) despectivamente a los ciudadanos con derecho al voto con ovejas, que en tiempo de elecciones son llevadas por los partidos políticos al corral de sus listas...". (Daniel Rafecas: "La ciencia del derecho ante el advenimiento del nazismo: el perturbador ejemplo de Carl Schmitt"; Academia, Año X, Número 174, 2010; Buenos Aires).
Según Manuel Rivas ("La 'fiesta sagrada' de don Carlos. El homenaje franquista en 1962 al principal jurista del nazismo, Carl Schmitt"; El País com; 02/04/2006), Schmitt fue "el diseñador del permanente "Estado de excepción", para quien la política es sinónimo de guerra, y el adversario o disidente, de enemigo". Continúa Rivas: "(...) En la práctica... es convertir al (sic) tirano en "supremo juez", en fuente de derecho...". Luego de su juzgamiento en Núremberg, Schmitt esputó: "No puedo escribir contra aquellos que pueden proscribirme".
Guardando las distancias -en los antecedentes académicos- el "Dictador" también cuenta con juristas del oprobio, quienes desvergonzadamente justifican sus disparates. La más alta judicialidad del régimen sacrifica el profesionalismo -si alguno- con decisiones totalmente huérfanas de ciencia y sapiencia. Sus contradicciones son manifiestas, revanchistas y arrodilladas al tirano; dejando el pueblo desnudo de derecho y de justicia. Quizás olvidan que no son eternos y que La Haya está muy cerca.
El 350 y la calle son constitucionales.
Etiquetas: jueces del horror
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