Venezuela: Merentes y su lavadora Industrial de "Dinero Sucio"
Por: Rodolfo Smidt
BCV – MERENTES RECIBE “DINERO SUCIO” DESDE EL Lunes. Lavado y Planchado Gratuito
URGIDO DE DIVISAS, MIRAFLORES ACEPTA “LO QUE HAYA Y DE DÓNDE VENGA….”
A partir del lunes 17.10,2012 el BCV ofrece el servicio….
• Con el asunto de los depósitos en divisas en Venezuela, serán incontrolables los capitales que provengan del narcotráfico mercado de armas y financiamiento del terrorismo, éstos podrían entrar en la mañana y ser retirados en bolívares en la tarde
• Y con las Normas del Convenio Cambiario Nº 20, el gobierno pide auxilio a los nacionales para que compren títulos en el exterior para que sean cambiados en el SITME y con esto seguir alimentado dicho Sistema al mismo tiempo que se insta a la fuga de capitales en el país
GIOVANY GÓMEZ ISEA – REPORTE:- El pasado viernes se publicaron las “Normas que Regirán las Cuentas en Moneda Extranjera en el Sistema Financiero Nacional”, que entrarán en vigencia para el lunes.
El artículo primero, establece que las personas jurídicas no domiciliadas en territorio nacional podrían depositar divisas desde el exterior siempre y cuando estas sean de carácter lícito, es decir, que no procedan del narcotráfico, el mercado negro de las armas o financiamiento del terrorismo.
Será muy difícil de controlar puesto que tales capitales (no vienen con un sello de advertencia “delincuente”) y podrían entrar en la mañana y salir por la tarde, o ser cambiados a bolívares para su total desaparición.
Por otra, parte el Parágrafo Único del artículo 2 nos evidencia lo mal que está el SITME, ya que el gobierno pide auxilio a los nacionales para mantener el sistema, al señalar que los compatriotas podrían ordenar a las instituciones depositarias adquirir en los mercados financieros internacionales títulos para su posterior negociación a través del Sistema, para así evitar que el mismo gobierno lo siga alimentado con deuda externa.
Con esto, a través de sus depósitos en divisas, usted podría comprar un papel en dólares en el exterior, negociarlo en el SITME y así obtener el cash verde de este por el mecanismo que ya sabemos.
LA BODEGA BCV
El artículo 5 de las normas nos trae toda una perla: para efectos de los naturales nacionales, estos no podrán tener sus depósitos en dólares más allá de 12 meses y tres meses para los jurídicos.
Esto, si bien es cierto que se hace para que los bancos no paguen infinitamente intereses en bolívares por tales depósitos, al mismo tiempo estimula la fuga de capitales en el país,
Es decir, el mecanismo no es un ahorro en dólares. Es un gasto que usted obligatoria y revolucionariamente tiene que hacer antes del tiempo establecido.
Del mismo modo, el artículo 7 sostiene que los bancos deberán mantener los depósitos en moneda extranjera en la Bodega Central.
Con esto el gobierno sabrá cuánta disponibilidad hay en dólares para el caso de que -en una nacionalización o estatización de la banca- se quede con ellos y pagar en bolívares.
El artículo 8 tuvo que haberle provocado todo un orgasmo a Merentes, toda vez que el mismo permite que por efectos de la aplicación del Convenio 20, los bancos están excluidos de cumplir con el límite de posición en moneda extranjera, establecido en 30% desde mayo del 2006.
Esto era algo que ya venía satisfaciendo Nelson Merentes –Alias el Kinomatemático 7×7=36 más o menos,…)- reiteradamente con la emisión de Pudrebonos y los Giordanos de reciente data.
Finalmente no podrá hacerse transferencias entre las cuentas en moneda extranjera reguladas por estas normas y la BCV se queda con toda la potestad, salvo el uso de la tarjeta de débito en el exterior, de que usted pueda realizar depósitos o retiros en efectivo en moneda extranjera, es decir, hasta que al BCV le de la gana mediante normativa que dicte al efecto.
Etiquetas: lavado de dinero
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