Denuncia Contra Lista Tascón Admitida Ante La CIDH
Fuente: Informe21.com
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos hizo público el informe de admisibilidad del caso N° 12.923 (Rocío San Miguel y otras vs. Venezuela), declarándose competente para decidir sobre el reclamo presentado por Rocío San Miguel, Magaly Chang y Thaís Peña, quienes fueron despedidas como efecto de la llamada “lista Tascón”, en marzo de 2004 del Consejo Nacional de Fronteras, por haber firmado solicitando convocatoria a referendo revocatorio presidencial.
La CIDH examinará la denuncia por la presunta violación de los derechos consagrados en los artículos 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales), 13 (libertad de pensamiento y expresión), 23 (derechos políticos), 24 (igualdad ante la ley) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana, en relación con los artículos 1(1) (obligación de respetar derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) de la misma.
Para las afectadas: "Es las esperanza más firme después de 9 años de los hechos, de obtener justicia, verdad y reparación frente a un accionar del Estado, que cambio nuestras vidas para siempre y nos estigmatizó ante la sociedad".
Por su parte, los profesores Bolívar y Faúndez manifestaron que la admisión de este caso “constituye un hecho significativo, ya que la misma se produce a pocos días de la entrada en vigor de la denuncia de la Convención Americana, dejando en evidencia que las víctimas de violaciones de derechos humanos no quedan en total desamparo, como se ha pretendido hacer ver y el Estado venezolano sigue sometido a la supervisión del sistema interamericano”.
Destacaron además que se trata de un paso importante en la lucha contra la discriminación por razones políticas, ya que se trata de un caso emblemático de la excusión provocada por la llamada “lista Tascón”.
Antecedentes
El caso fue inicialmente asumido por el Centro de Derechos Humanos de la UCAB y el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), con base en vulneración del principio de no discriminación por motivos políticos que afectó una serie de derechos, realizándose una serie de acciones ante instancias nacionales. El 27 de septiembre del 2005, se dio por agotada la vía interna, una vez que el Tribunal Supremo de Justicia decidió desestimar el recurso de casación “por manifiestamente infundado”. Una vez agotada la vía interna, el caso fue presentado en 2006 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el Centro de Estudios de Derechos Humanos de la UCV (dirigido entonces por el Prof. Héctor Faúndez) y el CDH-UCAB.
DJ/Control Ciudadano
Etiquetas: Derechos Humanos
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