Congelación de activos financieros: una esperanza para la democracia en Venezuela
Por: JAIME RODRÍGUEZ-ARANA* JORGE QUINDIMIL LÓPEZ* ALMUDENA FERNÁNDEZ CARBALLAL
Fuente: El Confidencial
Las sanciones internacionales son un útil instrumento para salvaguardar la estabilidad internacional. En casos como el del régimen de Nicolás Maduro, pueden ser una excelente forma de presión
Los logotipos de la petrolera estatal PDVSA y su filial estadounidense Citgo, sometidas a sanciones, en un edificio de Caracas. (Reuters)
Uno de los instrumentos más eficaces para salvaguardar la paz, la seguridad y la democracia en el mundo son las sanciones internacionales. La Carta de las Naciones Unidas las sitúa entre las medidas necesarias para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales (artículos 39 y 41), y la Unión Europea las pone al servicio de la democracia, del Estado de Derecho, de los derechos humanos, de la dignidad humana, de Naciones Unidas y del Derecho internacional (artículo 215 del Tratado de Funcionamiento, en relación con el Título V del Tratado de la Unión Europea).
Las medidas de control y de intervención en el ámbito internacional han ido evolucionando para adaptarse a cada caso concreto, en función de las circunstancias a las que tienen que aplicarse, destacando entre ellas con especial relevancia la congelación de activos, como medida habitual por su eficacia en la lucha contra la financiación del terrorismo internacional y contra el blanqueo de capitales.
La congelación de activos en el exterior es una medida selectiva cuya finalidad principal es bloquear las posibilidades de financiación de regímenes que vulneran los derechos humanos, que amenazan la democracia, la paz y la seguridad internacionales, o que colaboran o financian el terrorismo. Así, se han aplicado medidas de congelación de activos contra grupos terroristas internacionales como Daesh y Al Qaeda o contra los regímenes de Irak, Sudán, República Democrática del Congo, Corea del Norte, Irán o Libia, entre muchos otros.
En la actualidad, el régimen de Nicolás Maduro en Venezuela se ha sumado a esa lista de casos, en el punto de mira de la congelación de activos por parte de Estados Unidos, Canadá o la Unión Europea, con el objetivo de lograr la transición a la democracia y luchar contra la vulneración de derechos humanos en el país. A pesar de la falta de consenso en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la Unión Europea adoptó, hace apenas un año y medio, el Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela, en vigor hasta el próximo 14 de noviembre de 2019.
Entre otras medidas, este Reglamento incluye la inmovilización de fondos de las personas o entidades “responsables de graves violaciones o abusos de los derechos humanos o de represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela”, o “cuyas acciones, políticas o actividades socaven de otra forma la democracia o el Estado de Derecho en Venezuela” (artículo 8.3). La cooperación internacional entre Estados es hoy imprescindible, a través, entre otras medidas, de la adopción de procedimientos de control interno, de análisis de riesgos y de instrumentos de prevención.
Como señaló recientemente la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, la UE persigue que el Gobierno venezolano tome las medidas necesariaspara restablecer la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos; restableciendo los plenos poderes constitucionales de la Asamblea Nacional; liberando a todos los presos políticos; respetando y promoviendo las libertades fundamentales; y celebrando elecciones libres y transparentes, que respeten plenamente la Constitución. En definitiva, la adopción de medidas restrictivas selectivas como la congelación de fondos financieros persigue restaurar el Estado de Derecho en Venezuela, sin causar efectos colaterales perjudiciales sobre la población, para alcanzar una vía pacífica de solución que respete los derechos humanos y la democracia. Que así sea.
*Jaime Rodríguez-Arana es Catedrático de Derecho Administrativo. Jorge Quindimil López es Profesor Titular de Derecho Internacional y de la Unión Europea. Almudena Fernández Carballal es Profesora Titular de Derecho Administrativo
Etiquetas: Congelamiento de Activos, Sanciones A Chavistas Union Europea, Sanciones Contra Criminales Chavistas
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