Reforma, Militarización y Protesta
Por: Rafael Uzcátegui
La propuesta de reforma constitucional, promovida por el presidente de la República, supone un peligroso giro estructural de la Fuerza Armada Nacional (FAN), creando un escenario favorable a violaciones a los derechos humanos.
Este cambio, sugerido en los artículos 328 y 329, impone al cuerpo castrense la participación permanente en tareas de seguridad ciudadana y conservación del orden interno. Los dos articulados supondrían asumir funciones que, hasta hoy, son desarrolladas por las policías, y de las cuales los componentes de la FAN participaban sólo de manera extraordinaria.
Cualquier política enfocada en el tema de la seguridad, problema de primer orden para el común de ciudadanos y ciudadanas, debería tomar en cuenta el diagnóstico elaborado por la Comisión Nacional de Reforma Policial (Conarepol). Esta iniciativa realizó una de las consultas más serias y amplias de tiempos recientes, 70.000 encuestas a diversos actores, para conocer la situación de los organismos policiales y proponer una modificación en su funcionamiento.
En las conclusiones de la Conarepol, ridiculizadas por el Ministro Pedro Carreño, se establecía como una de las prioridades la desmilitarización del mundo policial, estableciendo una nítida distinción entre funciones civiles y militares. En dirección contraria, en cambio, se orienta la propuesta de reforma. Las nuevas tareas de la FAN, soslayando la opinión del país, ilustran lo que el Ejecutivo Nacional entiende por democracia participativa y protagónica. En segundo término, paradójicamente, concretaría los viejos anhelos del cuestionado "Imperio": convertir a los ejércitos en guardianes del orden interno de sus países.
Los sectores populares utilizan las movilizaciones y las trancas de calle como principales instrumentos en la exigibilidad de sus derechos. La reforma, por tanto, cerraría el círculo de la criminalización de la protesta, dibujado en los últimos años. Provea ha venido alertando sobre los signos al respecto. A finales de mayo, el Ministro de Interior y Justicia elevó a la categoría de actos violentos el cierre de vías y la quema de cauchos. Por otra parte, los detenidos en manifestaciones son pasados directamente a tribunales, donde se les impone un régimen de presentación, y en algunos casos, la firma de documentos para renunciar a ejercer su derecho a la protesta.
En tercer lugar, monitoreamos la progresiva delegación de funciones policiales a las comunidades bajo la figura de "inteligencia social". En última instancia, de la tendencia, se encuentra la disuasión permanente de acciones por salud, vivienda, trabajo, y otros derechos, realizada por funcionarios preparados para la confrontación y aplicación de los principios de defensa militar. El artículo 328, reformado, constitucionaliza a los ciudadanos como enemigos de guerra.
Si cualquier proyección al respecto se descalifica por su carácter especulativo, podríamos revisar casos de nuestra historia reciente, en los que la FAN "garantizó" el orden. Los desaparecidos del Caracazo pueden recordárnoslo con su silencio.
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