“DECÁLOGO DE LOS DERECHOS HUMANOS”
“FORO POR LA VIDA”
DECÁLOGO DE DERECHOS HUMANOS
DECÁLOGO DE DERECHOS HUMANOS
Primero: Derecho a la Vida
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
Dar cumplimiento a la disposición transitoria cuarta de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al aprobar legislación sobre la tortura, ya sea mediante ley especial o reforma del código penal.
Segundo: Derecho a la Seguridad ciudadana
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
1.-Promover un debate y diálogo nacional sobre normas y políticas públicas para afrontar la criminalidad.
2.- Activar normas claras que propicien el fin de la impunidad como garantía de justicia y el resarcimiento de las víctimas secundarias de la violencia criminal y de género.
3. Modificar las disposiciones legislativas para garantizar que las Fuerzas Armadas no participen en actividades de seguridad ciudadana, salvo situaciones excepcionales.
4. Eliminar las normas que organizan y conforman Cuerpos de Combatientes en los sectores públicos y privados para la defensa integral de la nación como función de la Milicia Nacional Bolivariana.
5.- Incluir lo relativo a la necesidad del diseño e implantación de un programa de control de armas y desarme como política para lograr la seguridad ciudadana.
6. Promover garantías de protección a las y los sobrevivientes de las víctimas de la criminalidad y de violencia de género, y asistencia para la superación de los traumas producto del hecho violento, a fin de frenar el desarrollo de nuevas carreras de violencia.
Tercero: Derecho a la libertad de asociación y libertad sindical
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
1.- Evitar la promulgación de marcos normativos y reformar normas legales que restrinjan u obstaculicen la libre asociación de personas con fines lícitos como lo es la defensa y promoción de los derechos humanos, de la democracia y de la justicia social, incluyendo normas que limiten o condicionen la autonomía de las organizaciones y criminalice la recepción de fondos de la cooperación internacional.
2.- Promulgar una nueva Ley Orgánica del Trabajo, con la finalidad que el Consejo Nacional Electoral no intervenga en las elecciones de representantes sindicales o gremiales y sus formas de autogobierno.
Cuarto: Derecho a la libertad de expresión e información
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
1. Adecuar la legislación penal al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en particular a la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos; de modo que se eliminen los que penalizan los delitos de opinión y se sustituyan las responsabilidades penales por responsabilidad civil en los casos de vilipendio, difamación e injuria.
2. Garantizar el acceso a la información de carácter público a todas las personas de manera oportuna y adecuada, aprobando una ley de acceso a la información pública que garantice el ejercicio del derecho.
3. Eliminar cualquier norma legal que establezca restricciones o condiciones de reserva de la información pública.4. Reformar la ley de telecomunicaciones para garantizar la autonomía e independencia de CONATEL.
Quinto: Derecho a la manifestación pacífica
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
Conforme al libre ejercicio del derecho a la manifestación pública y pacífica en forma individual o colectivamente, inherente a los derechos de expresión, asociación y reunión en una sociedad democrática, la Eliminación de los artículos 284, 286, 297 y 358 del Código Penal; 47, 48, 49, 50, 53 y 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación; 139 y 141 de la Ley para la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios, así como el 20, 24 y 25 de la Ley especial de Defensa Popular contra el
Acaparamiento, el Boicot.
Acaparamiento, el Boicot.
Sexto: Derecho a la seguridad social: al trabajo, pensión y la salud
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
1.- Dar cumplimiento inmediato a la disposición transitoria cuarta de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y promulgar una nueva Ley Orgánica del Trabajo, en un proceso legislativo que garantice la más amplia y plural consulta a hombres y mujeres de todos los sectores sociales.
2.- Aprobación definitiva de las leyes que regularán los regímenes prestacionales de salud y pensiones.
3.- Aprobar una ley de salud que se adecue a los parámetros y disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantizando una atención pública en salud universal y descentralizada, prestada en forma oportuna y sin ningún tipo de discriminación, en cumplimiento con el derecho a la salud como parte del derecho a la vida, y desarrollando todos los elementos necesarios para garantizar el más alto nivel de salud de la población a través de políticas de prevención, sanitarias y de calidad de vida. Adaptar dicha ley a las normas internacionales de salud sexual y salud reproductiva con énfasis en NNA de ambos sexos.
Séptimo: Derecho de la educación
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incidencia en la(s) Norma(s):
Incluir la Educación en Derechos Humanos con perspectiva de género, la posibilidad de certificación de estudios de NNA indocumentados y la necesidad de promover incentivos en la adecuación de la infraestructura educativa a la matrícula escolar que supera la disponibilidad de planteles educativos, generando altos índices de deserción.
Octavo: Derecho de las personas privadas de libertad
Incidencia en la(s) Norma(s):
Aprobar la(s) norma(s) y la asignación presupuestaria de recursos financieros necesarios para dar cumplimiento a la obligación Estatal constitucionalmente establecida en el Artículo 272°, impulsar lo concerniente al establecimiento de un Sistema Penitenciario que asegure en igualdad para internos e internas, la rehabilitación y el respeto a sus derechos humanos y ejercer especial competencia controladora durante la ejecución hasta su culminación, incluyendo la asistencia post-penitenciaria. Así como el respeto a las y los familiares que visitan y apoyan a los detenidos, prohibiendo medidas de seguridad indignas y violatorias de sus derechos humanos.
Noveno: Derecho a las Garantías institucionales internas y a la Justicia
Incidencia en la(s) Norma(s):
Modificar las disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y del Código de Ética del Juez Venezolano y Jueza Venezolana que establecen causales subjetivas para la destitución y suspensión de magistrados.
Décimo: Derecho a las Garantías institucionales internacionales
Incidencia en la(s) Norma(s):
Promulgar una ley de cumplimiento de decisiones de organismos internacionales de derechos humanos y sancionar aquellas que aún esperan por su ratificación de cumplimiento con lo establecido en los artículos 23 y 31 de la Constitución.
Fuente; SINERGIA
Texto Original
Incidencia en la(s) Norma(s):
Aprobar la(s) norma(s) y la asignación presupuestaria de recursos financieros necesarios para dar cumplimiento a la obligación Estatal constitucionalmente establecida en el Artículo 272°, impulsar lo concerniente al establecimiento de un Sistema Penitenciario que asegure en igualdad para internos e internas, la rehabilitación y el respeto a sus derechos humanos y ejercer especial competencia controladora durante la ejecución hasta su culminación, incluyendo la asistencia post-penitenciaria. Así como el respeto a las y los familiares que visitan y apoyan a los detenidos, prohibiendo medidas de seguridad indignas y violatorias de sus derechos humanos.
Noveno: Derecho a las Garantías institucionales internas y a la Justicia
Incidencia en la(s) Norma(s):
Modificar las disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y del Código de Ética del Juez Venezolano y Jueza Venezolana que establecen causales subjetivas para la destitución y suspensión de magistrados.
Décimo: Derecho a las Garantías institucionales internacionales
Incidencia en la(s) Norma(s):
Promulgar una ley de cumplimiento de decisiones de organismos internacionales de derechos humanos y sancionar aquellas que aún esperan por su ratificación de cumplimiento con lo establecido en los artículos 23 y 31 de la Constitución.
Fuente; SINERGIA
Texto Original
Etiquetas: Decálogos, Violencia Domestica
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