"Dictador y traidor a la patria"
Por: Romer A. Romero-Martínez
"Toda autoridad usurpada es Ineficaz y sus actos son nulos"
Artículo 350 Constitucional. "El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos".
Pretéritamente señalamos fundamentos del carácter dictatorial de "Ineficaz", quien perdió la condición presidencial -por primera vez- el 11 de abril de 2002. Abordemos hoy la naturaleza punible de su conducta traidora. Al respecto, el Código Penal venezolano expone los supuestos fácticos del tipo penal de traición a la patria.
El artículo 128 lo precisa -entre otros conciertos- como la persona acordada con un país extranjero o con grupos terroristas, para conspirar en contra de la integridad territorial o de las instituciones republicanas. Establece una pena de presidio de 20 a 30 años.
Así las cosas, debemos recordar el amancebamiento público que mantiene "Ineficaz" con FARC y Hezbolá -entre otros-, a los cuales ha entregado extensas porciones de suelo nacional. Es notorio el control territorial de los subversivos colombianos en la frontera sur y suroeste venezolana. Por su parte, los árabes teocráticos -expertos en adoctrinar niños para que se exploten en medio de grandes aglomeraciones de inocentes- han levantado tienda en la serranía de Perijá y Margarita, principalmente. Los cubanos se encriptaron en áreas tan estratégicamente sensibles como la cedulación, registros y notarías, y los predios militares.
Definitivamente, la ocupación extranjera acordada con "Ineficaz" lesiona la integridad territorial por injuriar la identidad venezolanística de los lugareños. Adicionalmente, estos sufren abusos de milicias de ocupación que cobran "vacunas" de sobrevivencia a venezolanos en territorio venezolano. Los pobladores se sientes segregados ante la inacción de los organismos constitucionalmente responsables de la defensa del pueblo.
En segundo término, lo antes refleja la victimización de las instituciones venezolanas por la presencia de cubanos en todas las áreas neurálgicas de la República. Basta recordar la invasión de brujos curanderos en "Barrio Pa' Miami", quienes violaron leyes de ejercicio profesional bajo la impúdica conspiración de "Ineficaz" y sus 40 ladrones.
Por su parte, el artículo 132 del mismo Código Penal extiende la cualificación de traidor a la patria a cualquier venezolano que solicite la intervención extranjera en los asuntos de la política interior de Venezuela, asignándole una pena de presidio de 8 a 16 años, con un término medio de 12 años. Debe resultar familiar la solicitud de "Ineficaz" al asesino Castro para administrar los puertos y aeropuertos venezolanos. Patético, ya que los cubanos son unos ignorantes contumaces en estas áreas; a menos que la pandilla de "ojitos lindos" prefiera la gran experticia cubana en el transporte marítimo de tripas de cauchos por el mar de la infelicidad y hacia el imperio de Bush.
Para peor, "Ineficaz" acaba de sembrar un esbirro cubano -devenido en ingeniero electricista- para involucrarlo en un asunto de alta seguridad nacional, como lo es la energía eléctrica. Ello, sin la autorización de los colegios profesionales que supervisan estas especialidades.
¿Es "Ineficaz" un dictador traidor a la patria? Yes, y debería ser encausado ASAP por un fiscal -no de tránsito- con una escoba como la del difunto.
El 350 es pa' YA.
Artículo 350 Constitucional. "El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos".
Pretéritamente señalamos fundamentos del carácter dictatorial de "Ineficaz", quien perdió la condición presidencial -por primera vez- el 11 de abril de 2002. Abordemos hoy la naturaleza punible de su conducta traidora. Al respecto, el Código Penal venezolano expone los supuestos fácticos del tipo penal de traición a la patria.
El artículo 128 lo precisa -entre otros conciertos- como la persona acordada con un país extranjero o con grupos terroristas, para conspirar en contra de la integridad territorial o de las instituciones republicanas. Establece una pena de presidio de 20 a 30 años.
Así las cosas, debemos recordar el amancebamiento público que mantiene "Ineficaz" con FARC y Hezbolá -entre otros-, a los cuales ha entregado extensas porciones de suelo nacional. Es notorio el control territorial de los subversivos colombianos en la frontera sur y suroeste venezolana. Por su parte, los árabes teocráticos -expertos en adoctrinar niños para que se exploten en medio de grandes aglomeraciones de inocentes- han levantado tienda en la serranía de Perijá y Margarita, principalmente. Los cubanos se encriptaron en áreas tan estratégicamente sensibles como la cedulación, registros y notarías, y los predios militares.
Definitivamente, la ocupación extranjera acordada con "Ineficaz" lesiona la integridad territorial por injuriar la identidad venezolanística de los lugareños. Adicionalmente, estos sufren abusos de milicias de ocupación que cobran "vacunas" de sobrevivencia a venezolanos en territorio venezolano. Los pobladores se sientes segregados ante la inacción de los organismos constitucionalmente responsables de la defensa del pueblo.
En segundo término, lo antes refleja la victimización de las instituciones venezolanas por la presencia de cubanos en todas las áreas neurálgicas de la República. Basta recordar la invasión de brujos curanderos en "Barrio Pa' Miami", quienes violaron leyes de ejercicio profesional bajo la impúdica conspiración de "Ineficaz" y sus 40 ladrones.
Por su parte, el artículo 132 del mismo Código Penal extiende la cualificación de traidor a la patria a cualquier venezolano que solicite la intervención extranjera en los asuntos de la política interior de Venezuela, asignándole una pena de presidio de 8 a 16 años, con un término medio de 12 años. Debe resultar familiar la solicitud de "Ineficaz" al asesino Castro para administrar los puertos y aeropuertos venezolanos. Patético, ya que los cubanos son unos ignorantes contumaces en estas áreas; a menos que la pandilla de "ojitos lindos" prefiera la gran experticia cubana en el transporte marítimo de tripas de cauchos por el mar de la infelicidad y hacia el imperio de Bush.
Para peor, "Ineficaz" acaba de sembrar un esbirro cubano -devenido en ingeniero electricista- para involucrarlo en un asunto de alta seguridad nacional, como lo es la energía eléctrica. Ello, sin la autorización de los colegios profesionales que supervisan estas especialidades.
¿Es "Ineficaz" un dictador traidor a la patria? Yes, y debería ser encausado ASAP por un fiscal -no de tránsito- con una escoba como la del difunto.
El 350 es pa' YA.
Etiquetas: narcotrafico, terrorismo
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