Por incautos, ¡No!
Por: María Walter
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Cuando se trata de comprar, aquel que quiere comprar busca en primer lugar que el objeto de la compra sea lícito, de lo contrario, su compra contribuye al continum de lo ilegal, lo impropio, lo ilegitimo, lo no ético. Adquirir un bien en condición de irritud pasa por el extremo del desconocimiento acerca de tal condición o, en su defecto, por exceso de confianza, el desmerecimiento de las consecuencias que ello ocasionaría al adquiriente...
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Cuando tal hecho sucede, el decir popular suele expresar un sencillo: “cayó por incauto”, es de esta manera que, fácilmente, una persona resulta estafada en su buena fe; así encontramos casos de casos por estafa en los que, un vendedor sin ser legítimo poseedor da en venta bienes cual si fueran de su propiedad. A ningún comprador le gusta estar en esa posición porque, a nadie le gusta –salvo que sufra de insanía- resultar estafado; así que comprar un bien chimbo, en mal estado o bajo posesión ilegítima es “algo” que el sentido común nos impulsa a evitar, por lo que antes de comprar buscamos “que todo esté en regla”, de manera de evitar sinsabores futuros …
Es así que, actuando con sentido lógico, si por “cosas de la vida” nos llegamos a enterar que ese bien que vamos a adquirir -porque nos gusta, lo queremos tener, lo necesitamos, lo consideramos indispensable- existen dudas acerca de su condición de legalidad, indagamos e indagamos hasta la saciedad para conocer la verdad verdadera y evitar caer como incautos… A nadie le gusta hacer el papelito de tonto. Mas aún, si por obra de la casualidad nos llegamos a enterar que sobre el bien existe un juicio pendiente, ni por el carrizo nos lanzamos a comprar hasta tanto no se decida la real posesión del bien, decidir lo contrario sería buscamos problemas, haciendo el propio papel de tontos útiles.
Si esa es la manera lógica en que un ciudadano común actuaría, con mas razón, debe ser la racionalidad esperada de quien en nombre de toda la ciudadanía tiene que decidir, me refiero en este caso al ciudadano Presidente de la República a quien le ha sido delegada autoridad para el resguardo de los intereses de todas las venezolanas y venezolanos y más, el resguardo del patrimonio de la República, en consecuencia, si por alguna causa, tal racionalidad no imperara en el proceso de toma de decisiones, la propia normativa legal establece formas concretas para evitar la estafa contra la Nación sea cometida, es por esta razón que en ajuste a la corresponsabilidad que la Constitución Nacional establece en su artículo 326 en fecha 20 de Marzo de 2007 en concordancia a lo establecido en el 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicité MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSION DEL MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y LA EMPRESA ESTADOUNIDENSE AES CORPORATION, por cuanto, acerca de la legitimidad de posesión de ésta última sobre la C.A ELECTRICIDAD DE CARACAS (ELECAR) existe un juicio pendiente en razón de DEMANDA DE NULIDAD que en fecha 22 de junio de 2000 introduje ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (admitida en fecha 26 de octubre 2006).
Esta causa es de suma importancia para la ciudadanía porque al desconocer que la empresa ELECTRICIDAD DE CARACAS está en condición litigiosa, precisamente por el vicio de nulidad en que incurrió el propio gobierno en el año 2000 cuando la Asamblea Nacional infringió lo pautado en los artículos 150 y 151 Constitucional y el 48 de la Ley del Servicio Eléctrico –por cierto, aún vigentes- puede llegar a pensar que la “estatización” que se adelanta beneficia a los venezolanos, sin que ello sea enteramente cierto.
La empresa estratégica ELECAR, había alcanzado la democratización de su capital, venezolano por demás, en el transcurir de más de cien años de actividad, no obstante, tal hecho en el año 2000 se tiró por la borda ocurriendo su desnacionalización, entregándose así -con vicios de nulidad- su control a factores extranjeros que, al cabo de 7 años de descapitalización acuerdan “la devolución” mediante pago, es de esta manera que 739 millones de dólares habrían de salir de las arcas públicas de nuestra Nación de concretarse la compra por parte de PDVSA y con ella, un nuevo vicio de nulidad infectaría el caso que se lleva ante la Sala Constitucional, órgano colegiado de quien se espera con la celeridad, urgencia y transparencia que el caso requiere, decrete MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSION DEL MEMORANDUN DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL ESTADO VENEZOLANO Y THE AES CORPORATION, salida jurídica de rigor para impedir que los venezolanos pasemos por incautos y así, nuestro Patrimonio quede a resguardo.
Es justicia.
Etiquetas: ELECTRICIDAD DE CARACAS
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