Militares en los Partidos
Por: Eleazar Díaz Rangel
Diario Últimas Noticias (Venezuela)
Tan claro como está en la Constitución, uno no entiende por qué algunos oficiales, activos y retirados, y ciertos políticos no parecen comprenderlo. El art. 328 declara que la Fuerza Armada es "una institución esencialmente profesional, sin militancia política...", es decir, que sus miembros no pueden ser militantes de partidos políticos. ¡Supongo que nadie pensará que sólo se prohíbe a la FAN inscribirse como un todo en un partido! Más adelante lo desarrolla: el art. 330 le concede a los militares el derecho al sufragio, "sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político".
No obstante ello, el general de división Alberto Müller Rojas, jefe del Estado Mayor presidencial, se inscribió como aspirante en el Psuv y cree que no se viola la vigente Constitución. Mientras el diputado Francisco Ameliach aclaró que cuando se haga la depuración quedará fuera, porque en las condiciones para ser militante una de ellas es no ser militar activo, otros oficiales retirados y políticos estuvieron guabineando cuando se les preguntaba sobre tan peliagudo asunto.
Hubo quienes dijeron que en países desarrollados existen los sindicatos militares, sin ninguna relación con los partidos, y que había países donde los militares eran miembros de partidos. ¿Cuáles son estos países? Hasta donde me alcanzan mis lecturas, son China, Vietnam, Corea del Norte y Cuba. ¿Qué tienen en común? Que en todos existe un solo partido.
Venezuela es distinto: un país pluripartidista, democrático, abierto a todas las corrientes ideológicas. Imagínense ustedes lo que significaría que en los cuatro componentes de la Fuerza Armada pueda haber militantes de diversos partidos. Lógico, si se pueden inscribir en el Psuv también lo podrían hacer en Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, etc. Inconcebible que en una unidad militar coexistan miembros de diversos partidos. Hipotéticamente, podría suceder que en un pelotón, destacamento o en una compañía ¡sean mayoría los partidos de oposición!
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Como hubo quienes dijeron que había que esperar la reforma constitucional, habrá que suponer que estas inhibiciones y respuestas elusivas se explican porque desconocen cuál es el pensamiento del Presidente de la República y no saben qué puede proponer en las reformas a la Constitución. Olvidan que nos estamos refiriendo a un caso previsto en la vigente Constitución de 1999 y que es a partir de sus disposiciones, ya comentadas, que se debe fijar posición.
Es lo que hizo el G/D Raúl Baduel, ministro de la Defensa, hace poco, refiriéndose a lo dispuesto en la Carta Magna, donde "claramente está señalado que en ningún caso nos está dado, mientras estemos en actividad, la participación activa en la política partidista". Y si alguien tiene dudas, dice Baduel, que las despeje en el Tribunal Supremo mediante un recurso de interpretación.
¿Cerrado el debate?
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